Censura digital: Un desafío para la libertad de expresión

La relación entre la libertad de expresión, como derecho fundamental que permite a los individuos expresar sus pensamientos, ideas y opiniones sin temor a represalias; y la censura como la necesidad de regular el contenido en las redes sociales es un desafío contemporáneo que requiere un enfoque equilibrado. Actualmente, las redes sociales como Facebook, X (anteriormente Twitter), TikTok e Instagram son una herramienta poderosa para el activismo, la movilización social y la difusión de información; sin embargo, esta evolución también ha traído consigo el surgimiento de desafíos relacionados con la moderación del contenido, el discurso del odio y la desinformación. A su vez, esta tensión se agrava por la dificultad que existe al intentar controlar el contenido en un entorno tan dinámico e inestable, las decisiones sobre qué comentarios se deben restringir y cuáles deben ser permitidos, a menudo se ven influidos por sesgos, intereses comerciales y presiones externas, lo que complica aún más la problemática. Por lo que, el objetivo del siguiente artículo es encontrar ese punto de equilibrio que proteja a los internautas del contenido dañino, y establecer esos criterios claros y justos para la moderación y protección en la libertad de expresión, al mismo tiempo que garantice un entorno seguro y respetuoso. A través de analizar y reflexionar las diversas consecuencias negativas que produce el no restringir el contenido en las redes sociales y resaltando la importancia que conlleva su uso responsable. De este modo, nos exponemos a favor de la regulación responsable en el contenido de las publicaciones y los comentarios que puedan afectar el bienestar mental, físico y la dignidad de los usuarios en las redes sociales, pero sin restringir innecesariamente la libertad de expresión y caer en la censura excesiva que podría limitar el debate público.

En primer lugar, un aspecto importante a considerar es la desinformación, esta se extiende más allá de las limitaciones comunicativas que se creían predominantes. Recientemente, se evidencia la vasta difusión de contenido engañoso o perjudicial, facilitada por su fácil publicación y la escasez de filtros que legitiman su veracidad. Por otro lado, el desconocimiento de los padres frente a la constante modernización y difusión de información, es también otro ítem alarmante en el contexto de la regulación del contenido que visualizan sus hijos, pues las mentes más jóvenes son las más vulnerables a estos entornos informativos, así lo indican los resultados de la “Encuesta sobre Percepciones y Experiencias Digitales en torno al: Ciberacoso, Grooming, Retos virales peligrosos y Extorsión”, realizada a más de tres mil niñas, niños y adolescentes de entre 10 y 17 años, así como a padres de familia, cuidadores, educadores y directores. Los resultados revelan que el 54% de la muestra sufrió ciberacoso o ciberbullying; el 26% participó en desafíos virales arriesgados; el 9% experimentó grooming; el 4% fue víctima de extorsión; y el 7% accedió a material sexual de menores. Además, casi el 50% de los progenitores encuestados manifiestan que sus hijos no se sienten seguros navegando por Internet, y aproximadamente el 30% desconoce cómo contrarrestar estos problemas o los medios a los cuales acudir para presentar denuncias. En otras palabras, la información circula a una velocidad sin precedentes, el fácil acceso a contenido engañoso o perjudicial puede tener consecuencias graves, especialmente para las mentes jóvenes que aún están formando su comprensión del mundo; por lo que es vital promover un entorno donde la educación digital y la conciencia sobre la desinformación sean prioridades, solo así podremos empoderar a las nuevas generaciones para que naveguen de manera segura y dispongan de ese pensamiento crítica en el gran océano de información que es el internet. Esto no solo prevendrá a los jóvenes de amenazas inmediatas, sino que también fomentará un futuro donde la verdad y la responsabilidad informativa sean valores centrales.

El siguiente tema perjudicial es el ciberbullying, un término que ha demostrado ser de gran relevancia en las últimas décadas por el papel fundamental que desempeña el internet en el cotidiano vivir, pero ¿alguna vez te has puesto a pensar si es lo mismo el ciberbullying que el ciberacoso?, la respuesta es no; al contrario, ambas palabras pese a compartir el mismo origen problemático, corresponden a dos conceptos diferentes, mientras que el ciberbullying se refiere exclusivamente al acoso entre dos menores por medio de plataformas digitales, el ciberacoso engloba todo hostigamiento en línea aplicado entre adulto-niño o adulto-adulto. Asimismo, el Centro de Investigación sobre el Ciberbullying [Cyberbullying Research Center] señala aquellos elementos que contribuyen a la distinción del ciberbullying: intencionalidad, repetición, daño y el uso de dispositivos electrónicos, siendo está la principal diferencia que se puede encontrar entre el acoso digitalizado del acoso tradicional; estas características son reafirmados por Mirza, et al. (2020) al postular que los seres humanos tienden a repetir conductas sin cuestionarse el motivo, con tal de obtener una recompensa, así se puede evidenciar cuando el que fue víctima se convierte en agresor para no volver a pasar por lo mismo. Por consiguiente, es necesario saber diferenciar cuándo se deben usar estos términos para abordar eficazmente dicha problemática digital por medio de la implementación de estrategias preventivas más adecuadas y se concientice sobre el impacto, de por vida, que generan estas concepciones. En general, el vínculo entre el ciberbullying y el ciberacoso con la tesis se puede entender como una consecuencia de una libertad de expresión sin límites, si existieran parámetros de restricción, habría controles sobre ciertas palabras y la prohibición de la publicación de imágenes inapropiadas. En este contexto, el uso de la inteligencia artificial podría convertirse en una herramienta valiosa, puesto que podría detectar cuándo una conversación se está desviando hacia amenazas, violencia u otros comportamientos alarmantes, su implementación permitiría proteger a los usuarios mediante la restricción o eliminación de cuentas en las redes sociales.

Por otra parte, la libertad de expresión, aunque fundamental, no es un derecho absoluto, como se puede inferir mediante el Artículo 1° de la Constitución Peruana (1993), donde se resalta "la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como fin supremo de la sociedad y del Estado", bajo esta premisa, si bien todos tenemos derecho a expresar nuestras ideas, esta libertad debe ejercerse con responsabilidad y sin vulnerar el honor, la imagen o la reputación de los demás, pues en la falta de este artículo, está protegido por garantías constitucionales, como el hábeas corpus y la acción de amparo, encargados de favorecer a los individuos de posibles abusos en el ejercicio de este derecho. De esta manera, en las plataformas como Facebook, X, TikTok e Instagram, el riesgo en que la desmesura de libertad de expresión da lugar a conductas dañinas como el acoso, la difamación y el ciberbullying, los cuales están penados por la ley. Por ejemplo, de acuerdo con el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación (2024), la difamación es "el daño a la imagen o reputación de una persona públicamente", y se sanciona con una pena privativa de libertad de hasta dos años y una multa; otro caso es el tema del ciberbullying sancionado con diferentes medidas dependiendo de la edad del agresor, tal como establece la Presidencia del Consejo de Ministros (2024), “los agresores mayores de 14 años pueden enfrentar medidas socioeducativas, como tutoría o libertad restringida, mientras que los menores de 14 años pueden recibir apoyo dentro del hogar o ser ingresados en programas de protección”; es importante mencionar a una de las actividades ilegales más preocupantes en las redes sociales como lo es la distribución de material con connotación sexual de menores de edad y son estos escenarios donde este tipo de contenido circula, lo que constituye una grave violación de los derechos humanos, este delito, que afecta gravemente la integridad de los menores, fue tipificado en el Código Penal Peruano mediante la Ley N° 30096 en 2013, y es castigado con penas de entre seis y diez años de prisión, según el Artículo 129-M. Ejemplos como estos, en los cuales se demuestran las sanciones legales y se resalta el peligro que puede significar el no reglamentar el contenido de las redes, pues esta problemática no solo trae este tipo de sanciones sino también lleva consigo el daño en la salud mental de las víctimas y las graves consecuencias físicas como consecuentes de estas cuestiones, enfermedades como el estrés, la ansiedad, el insomnio, reflejan en el cuerpo problemas como los trastornos alimenticios y el consumo de sustancias ilícitas para lidiar con la carga emocional, dado en casos más graves. 

Por último, la desensibilización de la sociedad surge como respuesta al fácil acceso de contenido violento, lo cual no solo incrementa las conductas agresivas, sino que genera un espectro más amplio de problemas psicológicos y conductuales. En relación con este problema, se realizó una investigación hecha con jóvenes adultos de entre 18 y 24 años divididos en 2 grupos, se evidencia, en el grupo experimental que 76% de los participantes calificaron el vídeo, reproducido en la prueba, como nada o algo violento; mientras que solo el 24% lo consideran bastante o muy violento. Por otra parte, en el grupo control el 92% de los sujetos consideró el vídeo bastante o muy violento, mientras que únicamente dos de ellos lo calificaron como algo violento. El análisis de los resultados finales, sugiere que una mayor exposición a contenido violento podría estar asociada con una mayor sensibilización, pues al comparar ambos grupos (control y experimental), se observó que quienes estuvieron expuestos a la condición experimental percibieron el video final como menos violento (Lago, 2022). Teniendo en cuenta lo mencionado, la desensibilización hacia la violencia reduce las emociones negativas y la angustia que esta provoca y afecta la empatía o el interés por las víctimas, disminuye la culpabilidad, la responsabilidad emocional y la percepción de la gravedad de los actos violentos cometidos por los agresores; además, incrementa el acceso a pensamientos violentos y la predisposición a realizarlas, mientras que aumenta las emociones positivas relacionadas con la violencia, llegando incluso a generar agrado al prever o presenciar este tipo de situaciones (Galán y Preciado, 2014, p. 79). 

En conclusión, la libertad de expresión en redes sociales es crucial, pero su mal uso plantea problemas como la desinformación, el ciberacoso y la difusión de contenido violento. Esto requiere medidas de censura que protejan a los usuarios sin reprimir opiniones legítimas, se deben establecer políticas claras, en el contenido de las redes sociales, para combatir estos desafíos sin caer en la censura injusta, y los gobiernos deben comprometerse a regular de manera equilibrada pero sin restringir el libre discurso, nosotros propusimos como herramienta de ayuda la Inteligencia Artificial para detectar ciertas palabras obscenas o imágenes muy reveladoras, esto con el propósito de prever todas las consecuencias tratadas en el artículo. El reto es mantener un equilibrio donde la seguridad de los usuarios y la libertad de expresión coexistan en un entorno digital saludable y democrático.

Referencias

Aldeas Infantiles SOS. (2024). Conectadasos: promoviendo entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes a nivel nacional. https://www.aldeasinfantiles.org.pe/noticias/promoviendo-entornos-digitales-seguros

Canal Salud IMQ. (2021). “Ciberbullying y ciberacoso, la amenaza en la red”https://canalsalud.imq.es/blog/ciberbullying-y-ciberacoso#:~:text=hablamos%20de%20ciberacoso%20cuando%20la,menor%20y%20el%20responsable%20tambi%C3%A9n

Código Procesal Penal [CPP]. Ley Nº 30963 de 2019. 18 de junio de 2019 (Perú).

Constitución Política del Perú [Const]. Art. 2. (29 de diciembre de 1993).

Cyberbullying Research Center. (s.f.). ¿Qué es el ciberacoso?. https://cyberbullying.org/

Garcia, C. (2022). Influencia de las redes sociales en la desensibilización a la violencia en adultos jóvenes. [Proyecto de fin de curso, Universidad Europea de Madrid]. http://hdl.handle.net/20.500.12880/1260 

Galán, J. y Preciado, M. (2014). Desensibilización a la violencia una revisión teórica para la delimitación de un constructo. (2014). Uaricha, Revista De Psicología11(25), 70-81. http://www.revistauaricha.umich.mx/ojs_uaricha/index.php/urp/article/view/65

Garaigordobil, M. (2015). Impacto del ciberbullying en la salud mental de adolescentes. Revista de Psicología Social. https://www.redalyc.org/journal/4978/497860056009/html/

Instituto de Salud del Estado de México. (2023). Ciberbullyinghttps://salud.edomex.gob.mx/isem/ciberbullying#:~:text=%C2%A1Ning%C3%BAn%20tipo%20de%20violencia%20es,como%20tel%C3%A9fonos%20m%C3%B3viles%20o%20tablets.

Lago, J. (2022). Efectos de la exposición al contenido violento en jóvenes. Psicología y Tecnología. https://titula.universidadeuropea.com/bitstream/handle/20.500.12880/1260/TFG_CarlotaLago.pdf?sequence=1&isAllowed=y

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Mejia, J. (2021). Libertad de expresión, redes sociales y modernidad. Revista de la Universidad Ricardo Palma. https://doi.org/10.31381/tradicion.v0i21.4485

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Mirza, M., Azmat, S. y Malik, S. (2020). A Comparative Study of Cyber bullying among Online and Conventional Students of Higher Education Institutions in Pakistan. Journal of Educational Sciences & Research, 7(2), 87-100. https://jesar.su.edu.pk/uploads/journals/Article_74.pdf

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4 comentarios:

  1. increíble, buen trabajo 😊

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  2. Excelente propuesta, ¿Qué libros, artículos o experiencias recomendarías para enriquecer este tema?"

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  3. Es triste ver cómo muchas personas sufren acoso en redes sociales, y la justificación que se les da es que solo son bromas.

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  4. Interesante punto de vista. Espero con ansias su próxima publicación!!!

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